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Gerente comercial de ServiMAC Customs Cargo.
Auditor de Operaciones - Roldán Customs Broker
Director de Asuntos Legales de la Asociación Nacional de Comercio Exterior Analdex.
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La Real Academia Española determina que nomenclatura es una “Lista de nombres de personas o cosas”; el Diccionario Larousse de Ciencias y técnicas señala que es una: “Terminología o lista metódica de las voces técnicas que se utilizan en una ciencia, un arte o un oficio”.
Para el caso de la nomenclatura arancelaria se podría afirmar que es la clasificación y codificación de las mercancías o productos susceptibles de importación o exportación. Esta nomenclatura se estructura de acuerdo con reglas o criterios técnico-jurídicos de manera que se constituye en un sistema de clasificación de mercancías, la cual comprende una parte numérica, y, una descriptiva, en forma ordenada y metódica. Además contiene un conjunto de reglas y principios que permiten identificar la ubicación de un producto estableciendo una subpartida única para cada una de las mercancías.
Cuando se habla de “gravamen ad-valorem” o “tarifa arancelaria” en el lenguaje aduanero es el porcentaje que se debe tener en cuenta para el pago del impuesto de importación de una mercancía, el cual siempre se encuentra asociado a una subpartida arancelaria, dependiendo del producto.
El gravamen, puede variar dependiendo del origen de la mercancía y de los Acuerdos Comerciales que tengan firmados los países que intervienen en el intercambio de las mercancías.
Por ejemplo en Colombia las “Máquinas de afeitar eléctricas” tendrían:
Subpartida arancelaria: 8510.10.00.00
Gravamen Ad-valorem: 5%
Gravamen cuando es originaria de Estados Unidos: 0%
Es la nomenclatura internacional establecida por la Organización Mundial de Aduanas, OMA, basada en una clasificación de las mercancías conforme a un sistema de códigos de 6 dígitos aceptado por todos los países participantes. Éstos pueden establecer sus propias subclasificaciones de más de 6 dígitos con fines arancelarios o de otra clase.
El Sistema Armonizado comprende las partidas, subpartidas y los códigos numéricos correspondientes a cada mercancía, las notas legales de, sección, capítulos, partidas y subpartidas, así como las Reglas Generales para la interpretación del Sistema.
En Colombia, está constituida por:
La Organización Mundial de Aduanas realiza modificaciones periódicas al Sistema Armonizado, llamadas enmiendas y a la fecha se han llevado a cabo siete enmiendas, la última que entró en vigencia el 1° de enero de 2022.
A continuación puede verse un gráfico con la distribución del sistema armonizado en Colombia, a nivel de subpartidas, donde los primeros seis (6) dígitos son de obligatorio cumplimiento en todos los países que utilicen el sistema armonizado como nomenclatura arancelaria. A nivel de ocho (8) dígitos la nomenclatura de la Comunidad Andina (Nandina) para los países integrantes de la CAN, y a nivel de diez (10) dígitos Arancel de Aduanas de Colombia.
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